Sentencia de Páramo de Sarna: crimen de Estado y paradoja de la guerra

Por: Yuca Brava – Colectivo Agrario Abya Yala
En la sentencia sobre el páramo de Sarna se reflejan las paradojas de la guerra, en donde en la misma cara de la moneda se encuentran víctima y victimario. La masacre fue ejecutada por el comando paramilitar de los grupos urbanos del sur de Casanare y planeada en conjunto con Luis Eberto Díaz Molano, coronel del ejército, agente B2 quien paralelamente actuaba como enlace de los paras, quienes le llamaban Compadrey José Edybrand Monguí Riveros, agente de la SijínEse primero de diciembre de 2001Monguí Riveros fue el único en hacer el levantamiento de los cadáveres en la vía que conduce de Sogamoso a LabranzagrandeAllí se encontró con que una de las víctimas era su padre, José Antonio Monguícampesino de la región y que se movilizaba en ese momento a visitar a su esposa

 
Según el testimonio del comandante paramilitar Solín

(…) Al otro día del bombo de la masacre él levantó la mano y dijo que él iba a hacer el levantamiento, que él no tenía miedo a nadie, y estando en el levantamiento vio a su papá que estaba ahí. Eso me lo dijo directamente el Compadre a HK y a mí. Y nos dijo que tocaba colaborarle a ese muchacho porque estaba muy afectado y que era una persona que nos estaba colaborando bastante a la organización”.
 
La sentencia, emitida por el Consejo de Estado el 29 de agosto de 2019, es importante porque es la primera que determina la responsabilidad patrimonial del Estado por estigmatizar a la comunidad, pues de acuerdo con el libro “Epitafio de los inocentes”, publicado en 2001 por el Comando en Derechos Humanos del Ejército, las 15 personas que se movilizaban en el bus y que fueron asesinadas, eran auxiliadoras de la guerrilla por un presunto material insurgente que tendría el conductor. La sentencia aclara que: (…) [la publicación creó] “una realidad con pretensiones de verdad, aunque la escena descrita solo puede ser producto de la ficción”.” 
 
Por tal motivo dentro de las medidas de reparación, se ordena realizar un acto público de perdón a las víctimas de las masacre encabezado por el Ministro de Defensa, y el Director de la Policía, las Fuerzas Militares y el Ejército Nacional, la creación de un monumento de conmemoración en el lugar de los hechos, el resumen de la sentencia publicado en un periódico de alta circulación nacional, así como la apertura de investigaciones penales contra los agentes del Estado involucrados y la creación de lineamientos para que los hechos no se vuelvan a repetir. El marco del conflicto armado vivido en la época también involucraría en la investigación a funcionarios como el exgobernador del Casanare Nelson Mariño.
 
La sentencia también retira la reparación prevista Monguí Riveros en razón de su conducta como agente estatal y prueba, entre otras cosas, que el armamento que se utilizó en dicha masacre pertenecía al ejército y a las AUC
El fallo celebrado insta a reflexionar sobre la importancia de actuar con celeridad en torno a la verdad, a la justicia y a la reparación de las víctimas, así como fortalecer hechos de memoria como los cumplidos por las víctimas, quienes cada año realizan una peregrinación en Conmemoración a la masacre.Organizaciones defensoras de Derechos Humanos como el Movice Capítulo Boyacá y el Colectivo de Abogados José Alvear Restrepo jugaron un papel clave en torno al esclarecimiento de la verdad y la exigencia de justicia en este caso. La sentencia es vital en la coyuntura actual, en donde funcionarios públicos como el director del Centro Nacional de Memoria Histórica, Darío Acevedo, insiste en negar la existencia del conflicto armado y la participación de las Fuerzas Armadas en crímenes de guerra.
Fuente de la imagen: https://movimientodevictimas.org/onceava-peregrinacion-masacre-paramo-de-la-sarna/

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